DEBE
Nombre que se da al lado izquierdo de una cuenta del libro mayor. Nombre que se da a la
columna de cifras en la que se anotan los cargos. Lado contrario al "haber" de
una cuenta.
DEBITO
Partida que se asienta en el "debe" de una cuenta. Deuda.
En contabilidad implica cualquier cantidad que al asentarse o registrarse incrementa el
saldo de un pasivo o decrementa el saldo de un activo.
DECLARACION
Manifestación escrita que se presenta a las autoridades fiscales para el pago de las
obligaciones impositivas. En estas declaraciones se determina la utilidad gravable o los
ingresos gravables, de acuerdo al tipo de causante de que se trate.
DECRETO APROBATORIO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION
Documento que emite la H. Cámara de Diputados una vez sancionado el conjunto de
normas, disposiciones y restricciones que orientarán la ejecución del gasto de las
entidades de la Administración Pública Federal que aparecen en el Presupuesto de Egresos
de la Federación.
DEDUCCIONES DE LOS INGRESOS
Los gastos que conforme a las leyes fiscales se pueden descontar para fijar la utilidad
gravable de una empresa. En el Estado de Pérdidas y Ganancias se agrupan bajo este rubro,
los gastos que no representan costos de manufactura o de operación, ni compras de
materias primas, de mercancías o abastecimientos, sino que tienen un carácter de gastos
financieros, como los intereses pagados sobre bonos u obligaciones, hipotecas, documentos
por pagar, etc. o bien que tienen un carácter de pérdidas extraordinarias o imprevistas.
DEFICIT
La diferencia que resulta de comparar el activo y el pasivo de una entidad, cuando el
importe del último es superior al del primero, es decir cuando el capital contable es
negativo.
Saldo negativo que se produce cuando los egresos son mayores a los ingresos. En
contabilidad representa el exceso de pasivo sobre activo. Cuando se refiere al déficit
público se habla del exceso de gasto gubernamental sobre sus ingresos; cuando se trata de
déficit comercial de la balanza de pagos se relaciona el exceso de importaciones sobre
las exportaciones.
DEFICIT A FINANCIAR
Resultado negativo de la confrontación entre los ingresos y gastos de un ejercicio.
Este concepto debe mencionarse solamente para efectos presupuestarios. Se utiliza para
conocer los requerimientos de recursos necesarios para financiar las actividades de
operación y de inversión del Sector Público.
Es el resultante de la diferencia entre ingresos y gastos de un ejercicio para conocer
faltantes, e indicar con ello los requerimientos de recursos necesarios para financiar las
actividades de operación y de inversión del Sector Público.
DEFICIT DE CAPITAL
Diferencia negativa que resulta de la comparación entre los ingresos y egresos de
capital de las entidades del Sector Público.
DEFICIT ECONOMICO
Es el faltante en que incurre el Estado al intervenir, mediante el gasto público, en
la actividad económica en forma directa. Representa el resultado negativo de la
diferencia entre los ingresos y egresos, tanto del Gobierno Federal como de las entidades
paraestatales de control presupuestario directo o indirecto.
El déficit económico se obtiene sumando al déficit presupuestario el no
presupuestario. El déficit presupuestario resulta de la diferencia negativa de los
ingresos petroleros y no petroleros con los gastos presupuestarios del Gobierno Federal y
del sector paraestatal de control directo. El déficit no presupuestario es el resultado
negativo de la diferencia entre los ingresos y los gastos del DDF y de los organismos y
empresas de control presupuestario indirecto.
DEFICIT FINANCIERO (DEFICIT DEL SECTOR PUBLICO)
Es la diferencia negativa que resulta de la comparación entre el ahorro o desahorro en
cuenta corriente, y el déficit o superávit en cuenta de capital; expresa los
requerimientos crediticios netos de las entidades involucradas.
Muestra el faltante total en que incurre el Estado al intervenir en la actividad
económica nacional. Resulta de sumar el déficit económico con la cifra neta de la
intermediación financiera.
DEFICIT O SUPERAVIT
Resultado negativo o positivo que se produce al comparar los egresos con los ingresos
de un ente económico.
DEFICIT O SUPERAVIT DE CAJA
Se incurre en déficit cuando los ingresos recaudados en la Tesorería de la
Federación por concepto de la Ley de Ingresos de la Federación, no alcanzan a cubrir el
monto de los pagos que realiza. En el caso de superávit, los primeros exceden a los
segundos, expresa los resultados del Gobierno Federal; y resulta de sumar al déficit
presupuestario, la variación en cuentas ajenas.
Resultado que se obtiene al comparar los ingresos y egresos líquidos disponibles de
las entidades del sector paraestatal, incluyendo transferencias.
DEFICIT O SUPERAVIT ECONOMICO PRIMARIO
Resultado que se obtiene de comparar ingresos y egresos totales del sector público,
excluyendo los intereses de la deuda. Este concepto mide la parte del déficit fiscal
sobre la cual se puede ejercer control directo, ya que el servicio de la deuda es en gran
medida gasto condicionado por la economía en general.
DEFICIT O SUPERAVIT EXTRAPRESUPUESTARIO (BALANCE)
Saldo que resulta de comparar el ingreso y gasto de las entidades paraestatales de
control presupuestario indirecto.
DEFICIT O SUPERAVIT FINANCIERO (BALANCE)
Resultado que se obtiene al comparar los ingresos totales sin financiamiento y los
gastos totales sin amortización de las dependencias y entidades públicas. En cuanto a
las entidades involucradas, se incluye a las de control directo e indirecto, así como a
los intermediarios financieros.
DEFICIT O SUPERAVIT MONETARIO (BALANCE)
Resultado que se obtiene de la confrontación entre ingresos y gastos netos del sector
público y que permite establecer sus necesidades reales de fondos. Comúnmente se utiliza
para comprobar la veracidad del saldo de la cuenta corriente del Gobierno Federal en el
Banco de México.
El déficit monetario es la diferencia negativa, entre los ingresos y los gastos
efectivos, ajustada por las economías, el gasto ejercido pendiente de pago y la
variación en las cuentas ajenas. Es el equivalente a los movimientos netos de la deuda
pública y de la variación en las disponibilidades de las entidades públicas. El
superávit monetario es lo contrario.
DEFICIT O SUPERAVIT OPERACIONAL (BALANCE)
Es el que se obtiene al restar del superávit económico primario la amortización
inflacionaria del saldo de la deuda pública en moneda nacional.
DEFICIT O SUPERAVIT PRESUPUESTARIO (BALANCE)
Es el saldo negativo o positivo que resulta de comparar los gastos e ingresos del
Gobierno Federal y de los organismos y empresas de control presupuestario directo, cuyas
previsiones financieras están contenidas en el Presupuesto de Egresos de la Federación,
sin considerar amortización, y el resultado en cuentas ajenas.
DEFICIT PRESUPUESTARIO
Corresponde al resultado de la confrontación entre el déficit financiero contra el
aumento neto de la deuda con saldo negativo, o bien el monto obtenido al restar de los
ingresos, los egresos presupuestarios, siendo éstos últimos de mayor cuantía. En la
interpretación económica, resulta de adicionar al déficit de capital, la adquisición
de activos financieros a largo plazo, neto.
DEFICIT, SUPERAVIT Y EQUILIBRIO
Déficit es la situación en que los ingresos son inferiores a los egresos; cuando
ocurre lo contrario hay superávit; y si los ingresos y gastos son iguales, la balanza
está en equilibrio.
DEFLACION
Fenómeno económico consistente en el descenso general de precios causado por la
disminución de la cantidad de circulante monetario, lo cual a su vez origina una
disminución en el ritmo de la actividad económica en general, afectando entre otros
aspectos el empleo y la producción de bienes y servicios. Constituye la situación
inversa de la inflación.
Proceso sostenido y generalizado de disminución de precios en un país; es un
fenómeno contrario a la inflación.
DEFLACTOR
Se refiere al indicador de precios que se aplica a los valores corrientes, con la
finalidad de expresarlos en términos reales o constantes, a precios de un año de
referencia.
División de un valor a precios de cada año (corriente o nominal) entre el valor a
precios de un año base (constante o real); es también la división entre 100 de un
índice de precios. Adicionalmente es el incremento en términos decimales de la tasa
acumulativa de precios o tasa media de incremento en precios es decir:
valor
a precios corrientes índice de precios
Deflactor = -------------------------------------- = -----------------------------
valor
a precios constantes
100
=
1(1+h)...(1+hn) = 1(1*h)h
donde: h = tasa inflación del año medido decimalmente y
*h = tasa media
anual de crecimiento de los precios en decimales.
n = número de
años.
DEFLACTOR IMPLICITO DEL PIB
Indicador que muestra cuantas veces han aumentado los precios de la producción
doméstica libre de duplicaciones, como consecuencia del incremento en el índice
implícito de precios del PIB.
Existen cuatro maneras de medir el deflactor del PIB y son:
a) Dividiendo el producto interno bruto a precios de cada año entre el producto
interno bruto en un año base es decir:
PIB
nominal (o corriente)
D.I.PIB = --------------------------------
PIB
real (o constante)
b) El resultado de multiplicar la oferta monetaria por su velocidad dividido entre el
producto interno bruto a precios constantes es decir:
Oferta
monetaria X velocidad de circulación del dinero
D.I.PIB = ------------------------------------------------------------------------------
PIB
REAL
c) Multiplicando el aumento anual de precios de los años entre sí en decimales.
D.I.P = 1(1 + h1) (1 + h2) (1.hn)
ejem.: = 1 + (1.04) (1.20) (1,12)
d) El resultado de la suma de la tasa media anual de crecimiento en los precios en
términos decimales más uno se eleva a la n potencia que corresponde al periodo de
análisis, es decir:
1(1
+ TMA. Inflación) 1(1 + n)
D.I.PIB = --------------------------------------------
100
Este deflactor puede presentarse en su primera, tercera y cuarta manera para cada
sector o como promedio ponderado de la economía y en el segundo caso como medición del
promedio ponderado de la actividad económica en general.
DELEGADO FIDUCIARIO
Es el funcionario autorizado para actuar, como lo indica la ley, con respecto al
inversionista para hacer cumplir las normas y leyes que guíen el fideicomiso.
DEMANDA
Cantidad de bienes y servicios que los agentes económicos desean y pueden comprar a un
precio dado en un periodo determinado.
En teoría la demanda y la oferta son los dos componentes básicos que fijan el precio
de los bienes y servicios.
Deseo de cualquier persona por adquirir un bien o servicio económico.
DEMANDA AGREGADA
Es la cantidad de bienes y servicios que las familias, las empresas, el gobierno y el
resto del mundo pueden y desean obtener a un determinado nivel de precios y en un periodo
determinado en el país. El Sistema de Cuentas Nacionales desglosa la demanda agregada de
acuerdo a la función económica que realizan los compradores en la demanda intermedia y
demanda final.
DEMANDA EFECTIVA
Conjunto de mercancías y servicios que los consumidores realmente adquieren en el
mercado en un tiempo determinado y a un precio dado. La demanda efectiva es el deseo de
adquirir un bien o servicio, más la capacidad que se tiene para hacerlo.
Punto de equilibrio entre demanda global y oferta global; es decir, combinación de
puntos en donde el sector gasto monetario y los sectores producción y empleo están en
equilibrio.
DEMANDA FINAL
Está integrada por el valor de las compras que realizan los consumidores finales de
los bienes y servicios generados por las unidades productivas. Se consideran demandantes a
las familias y al gobierno. Se incluyen asimismo dentro de este rubro las exportaciones,
la variación de existencias y la formación bruta de capital fijo.
DEMANDA GLOBAL
Es el valor de las compras realizadas por las empresas, las familias, el gobierno y el
exterior, de los bienes y servicios producidos por la economía en un periodo determinado.
Es el conjunto de bienes y servicios que el total de los consumidores están dispuestos
a adquirir en el mercado a un precio y tiempo determinado.
En contabilidad nacional la demanda global comprende el consumo privado -el de las
familias y las instituciones privadas sin fines de lucro- y el consumo de gobierno;
también quedan incluidos el valor de las exportaciones y de la formación bruta de
capital.
DEMANDA INTERMEDIA
Está constituida por el consumo de un conjunto de bienes y servicios tales como
materias primas, materiales de oficina, combustibles, servicios profesionales, de
asistencia técnica, etc., que se emplean directamente en los procesos productivos que
llevan a cabo los establecimientos industriales, comerciales y de servicios, con el fin de
generar otros bienes y servicios que pueden ser de uso intermedio o final.
DENOMINACION DE ORIGEN
Se entiende por denominación de origen el nombre de una región geográfica del país
que sirva para designar un producto originario de la misma, y cuya calidad o
característica se deban exclusivamente al medio geográfico, comprendiendo en éste los
factores naturales y los humanos. Para su autorización, en el caso de México, se debe
acudir a la SECOFI.
DEPENDENCIA
Es aquella institución pública subordinada en forma directa al Titular del Poder
Ejecutivo Federal en el ejercicio de sus atribuciones y para el despacho de los negocios
del orden administrativo que tiene encomendados. Las dependencias de la Administración
Pública Federal son las secretarías de estado y los departamentos administrativos según
lo establece la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. El acuerdo de
sectorización reserva el concepto de dependencias a los organismos públicos del Sector
Central que no son coordinadores de sector y da la denominación de secretaría a los que
sí lo son.
DEPOSITO
En el caso de los depósitos bancarios se constituye por dinero y/o cheques,
instrumentos de ahorro, cupones, efectos comerciales, pagarés, etc., que pueden ser
transformados fácilmente en efectivo. El depósito tiene como finalidad mantener el saldo
positivo de una cuenta bancaria, mantener la disponibilidad de una línea de crédito u
otros servicios bancarios.
DEPOSITO A LA VISTA
Aquél en que los bienes depositados pueden ser solicitados por el depositante en
cualquier momento.
Dinero que se deposita en cuenta corriente, por ejemplo, los depósitos bancarios que
se pueden retirar sin aviso previo. Entrega de dinero títulos o valores a una
institución bancaria con el objeto de que se guarden y se regresen mediante la
presentación de un documento "a la vista" que ampare dichos bienes. Legalmente
el depósito a la vista significa un crédito contra el activo de un banco; un ejemplo es
la cuenta de cheques .
DEPOSITO A PLAZO
Dinero en una cuenta bancaria que rinde dividendos y para la cual el banco puede
requerir que se le notifique por anticipado del retiro total o parcial de diversos
recursos. Cuando el depósito es a plazo fijo sólo puede ser retirado en el plazo
estipulado.
DEPRECIACION (CONSUMO DE CAPITAL FIJO)
Es la pérdida o disminución en el valor material o funcional del activo fijo
tangible, la cual se debe fundamentalmente al desgaste de la propiedad porque no se ha
cubierto con las reparaciones o con los reemplazos adecuados.
Es un procedimiento de contabilidad que tiene como fin distribuir de manera
sistemática y razonable, el costo de los activos fijos tangibles menos su valor de
desecho (si lo tienen) entre la vida útil estimada de la unidad. Por tanto, la
depreciación contable es un proceso de distribución y no de valuación.
Pérdida de valor por el uso de un activo fijo que no se restaura mediante reparaciones
o reposición de partes. Deterioro que sufren los bienes de capital durante el proceso
productivo, cuantificable y aplicable en los costos de producción.
DEPRECIACION ACELERADA
Se llama así al procedimiento empleado para distribuir en un plazo mínimo el costo de
inversión en maquinaria. Dicho procedimiento considera un plazo de tres años, mucho
menor en comparación al de 10 años que normalmente se pudiera considerar para recuperar
el costo de la inversión.
Método de depreciación en que el costo de un activo se va recuperando a un ritmo
mayor que bajo el método de línea recta. Las tres técnicas utilizadas son: línea
recta, sumas de dígitos y saldo de doble declinación.
DEPRECIACION ACUMULADA
Cuenta de valuación de activo fijo que representa las provisiones para depreciación,
conocidas también como reservas para depreciación o depreciación acumulada (o
devengada).
DEPRECIACION EN LINEA RECTA
Aquélla que se determina en igual valor durante todos los periodos, mediante la
aplicación de un porcentaje fijo. Este es el criterio de depreciación que considera para
casos normales la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
DEPRECIACION REAL
Es aquélla que no se determina por medio de cálculos técnicos, sino en virtud de una
inspección ocular o directa de las propiedades de la entidad. No es la diferencia entre
el costo original y el valor actual sino que se aprecia por medio de un porcentaje sobre
su costo original o sobre su costo de reposición a los precios vigentes en la fecha de la
estimación. Por ejemplo: si una propiedad vale 85 por ciento del precio de nueva a la que
sea exactamente igual, la depreciación real es del 15 por ciento de su costo o de su
costo de reposición, según las circunstancias. No debe confundirse la
"depreciación real" con los cambios de valor motivados por oscilaciones de las
escalas de precios.
DERECHOS
La cantidad que se paga, de acuerdo con el arancel, por la importación o exportación
de mercancías o por otro acto determinado por la ley.
Son las contribuciones establecidas en ley por el uso o aprovechamiento de los bienes
del dominio público de la Nación, así como por los servicios que presta el Estado en
sus funciones de derecho público, excepto cuando se prestan por organismos
descentralizados. También son derechos las contribuciones a cargo de los organismos
públicos descentralizados por prestar servicios exclusivos del Estado.
DERECHOS ESPECIALES DE GIRO (DEG)
Tipo de divisa emitida por el Fondo Monetario Internacional a la cual tienen derecho
todos los países miembros según sus aportaciones. En la realidad, los DEG son partidas
contables que lleva el FMI y se asignan a cada país en proporción a sus cuotas. Algunas
características de los derechos especiales de giro son: no pueden ser utilizados en la
compra de bienes y servicios; los pueden usar los socios del fondo que tengan déficit en
su balanza de pagos, o que estén perdiendo reservas monetarias. La importancia de los DEG
radica en que contribuyen a incrementar la liquidez internacional que está basada en el
oro o en reservas de divisas.
DERECHOS POR EL USO O APROVECHAMIENTO DE BIENES DE DOMINIO PUBLICO
Son las contribuciones que percibe el Gobierno Federal por el uso o aprovechamiento que
hacen los particulares de los bienes de dominio público de la Nación.
DERECHOS POR LA PRESTACION DE SERVICIOS EXCLUSIVOS DEL ESTADO A CARGO DE ORGANISMOS
PARA SU VENTA
Son las contribuciones a cargo de los organismos públicos descentralizados por prestar
servicios exclusivos del Estado.
DERECHOS POR SERVICIOS QUE PRESTA EL ESTADO EN SERVICIOS PUBLICOS
Son contribuciones que realizan los usuarios como contraprestación a los servicios que
presta el Estado, en sus funciones de derecho público.
DEROGACION
Privación parcial de la vigencia de una ley, que puede ser expresa (resultante de una
disposición de la ley nueva) o tácita (derivada de la incompatibilidad entre el
contenido de la nueva ley y el de la derogada).
DEROGAR
Acto jurídico a través del cual pierden su vigencia alguna o algunas de las
disposiciones contenidas en el cuerpo de un instrumento jurídico ya sea una ley, decreto,
acuerdo o reglamento.
DESARROLLO ECONOMICO
Transición de un nivel económico concreto a otro más avanzado, el cual se logra a
través de un proceso de transformación estructural del sistema económico a largo plazo,
con el consiguiente aumento de los factores productivos disponibles y orientados a su
mejor utilización; teniendo como resultado un crecimiento equitativo entre los sectores
de la producción. El desarrollo implica mejores niveles de vida para la población y no
sólo un crecimiento del producto, por lo que representa cambios cuantitativos y
cualitativos. Las expresiones fundamentales del desarrollo económico son: aumento de la
producción y productividad per - cápita en las diferentes ramas económicas, y aumento
del ingreso real-per - cápita.
DESARROLLO SOCIAL
Proceso indicador de cambio en el perfil de una economía, orientado a canalizar en
montos suficientes los beneficios del crecimiento y del ingreso nacional a los sectores
sociales.
DESARROLLO SUSTENTABLE
Es el desarrollo económico caracterizado por el uso de la tecnología más apropiada
en la producción para evitar la contaminación o degradación ecológica, y posibilitar
la explotación racional de los recursos naturales.
DESCENTRALIZACION ADMINISTRATIVA
Acción de transferir autoridad y capacidad de decisión en organismos del sector
público con personalidad jurídica y patrimonio propios, así como autonomía orgánica y
técnica (organismos descentralizados). Todo ello con el fin de descongestionar y hacer
más ágil el desempeño de las atribuciones del Gobierno Federal. Asimismo, se considera
descentralización administrativa a las acciones que el Poder Ejecutivo Federal realiza
para transferir funciones y entidades de incumbencia federal a los gobiernos locales, con
el fin de que sean ejercidas y operadas acorde a sus necesidades particulares.
DESCONCENTRACION ADMINISTRATIVA
Proceso jurídico-administrativo que permite al titular de una institución, por una
parte, delegar en sus funcionarios u órganos subalternos las responsabilidades del
ejercicio de una o varias funciones que le son legalmente encomendadas, excepto las que
por disposición legal debe ejercer personalmente, y por otra, transferir los recursos
presupuestarios y apoyos administrativos necesarios para el desempeño de tales
responsabilidades, sin que el órgano desconcentrado pierda la relación de autoridad que
lo supedita a un órgano central. La desconcentración administrativa es una solución a
los problemas generados por el congestionamiento en el despacho de los asuntos de una
dependencia de gobierno.
Proceso jurídico-administrativo tendiente a erradicar la concentración funcional y
operativa de los distintos órganos de gobierno, mediante la delegación de funciones,
responsabilidades operativas y recursos a órganos desconcentrados ubicados en las
distintas regiones del país, sin que pierdan la relación de autoridad que los supedite a
un órgano central.
DESCONCENTRACION DE LA ACTIVIDAD ECONOMICA
Es el proceso de transferir total o parcialmente las funciones de las actividades
productivas y sociales a las diferentes regiones geográficas del país, a fin de impulsar
polos de crecimiento y aumentar el volumen de satisfactores a la población.
DESCONCENTRACION INDUSTRIAL
Proceso mediante el cual se limita el asentamiento industrial en zonas de alta
concentración poblacional a través de un procedimiento normativo que impida su
radicación y otorgando incentivos fiscales y financieros a empresas que se asienten en
otros municipios o áreas susceptibles para su desarrollo.
DESCONCENTRACION POBLACIONAL
Proceso mediante el cual se norma y racionaliza los asentamientos humanos, incentivando
a la población a que se ubique en municipios de baja o media concentración poblacional;
es decir, aquéllos donde la explosión demográfica no es alta. Lo anterior se realiza a
través de estímulos, generación de empleos remunerativos y la limitación de usos del
suelo para vivienda en zonas densamente pobladas.
DESCONTAR
Obtener o conceder una rebaja por concepto de intereses correspondientes al pago
anticipado de una cuenta o de un título de crédito. Vender o comprar títulos de
crédito con anticipación a su vencimiento mediante la rebaja correspondiente de los
intereses que se pacten en la operación. En general, bonificar o rebajar una cantidad al
tiempo de pagar una cuenta o un documento.
DESCUENTO
Es la diferencia entre el valor actual y el nominal de un documento por vencer. La
operación de adquirir, antes del vencimiento, valores generalmente endosables deduciendo
un tanto por ciento.
DESCUENTO BANCARIO Y FINANCIERO
Adquisición de documentos negociables antes de su vencimiento con adelanto del nominal
al cedente, una vez deducidos los intereses y las comisiones.
DESCUENTO POR PRONTO PAGO
El que se concede u obtiene por pagos de las deudas contraidas, hechos con anterioridad
al vencimiento o que se efectúen dentro de periodos cortos, así convenidos de antemano.
DESCUENTOS Y PERCEPCIONES A FAVOR DE TERCEROS
Retenciones que se aplican a diversos pagos por cuenta de terceros con objeto de
entregarlos posteriormente a éstos, tales como retenciones a favor del ISSSTE, FOVISSSTE,
sindicatos, pensiones alimenticias y retención del Impuesto Sobre la Renta.
DESECONOMIAS DE ESCALA
Las condiciones internas o externas de una empresa que explican el crecimiento de los
costos (medios) debido a un aumento en la escala de operación.
DESEMBOLSO
Fase de una transacción financiera que mide los pagos efectuados. Representa una
salida de fondos.
DESEMBOLSO DE CAPITAL
Gasto con el que efectúan compras que se suman al activo fijo o lo incrementan, es
decir, gasto que se aprovecha en periodos futuros.
DESEMPLEO
Situación de uno o varios individuos que forman parte de la población en edad de
trabajar y con disposición de hacerlo, pero que no tienen una ocupación remunerada; es
decir, no desempeñan actividad económica alguna.
Ocio involuntario de una persona que desea trabajar a los tipos de salarios actuales,
pero que no puede encontrar empleo, el término se puede aplicar a otro tipo de factores
tales como capital, tierra, ahorro y otros.
DESEMPLEO ABIERTO
Es la proporción de la fuerza de trabajo no utilizada; comprende a todas las personas
de 12 años o más que, en la semana de referencia de la encuesta, se encontraban sin
empleo asalariado o por su cuenta (menos de 1 hora a la semana), disponibles a aceptar
empleo y que realizaron acciones concretas de búsqueda de trabajo en las ocho semanas
anteriores al periodo de referencia, es decir, contestaron avisos de periódicos o de
recomendaciones familiares, e intentaron ejercer alguna ocupación por su cuenta.
DESGRAVACION
Reducción en la carga impositiva en actividades seleccionadas de conformidad con los
objetivos de política económica aplicados por la autoridad fiscal.
DESINCORPORACION DE EMPRESAS PUBLICAS
Proceso que consiste en reducir la participación del Estado en áreas o actividades
económicas no estratégicas ni prioritarias, a través de la venta, liquidación,
extinción, transferencia o fusión de entidades del sector paraestatal. Dicho proceso
constituye una parte importante del redimensionamiento del sector público y tiende a
liberar recursos para orientarlos a objetivos de mayor prioridad.
Los criterios que orientan la desincorporación, resultan de diversas consideraciones
referentes a la situación real que guardan las empresas, fundamentalmente en lo que se
refiere a los aspectos financieros, operativos, comerciales, administrativos y legales.
Se sujetan a la liquidación o extinción aquellas entidades cuyas actividades se
duplican; las que han alcanzado los propósitos para los cuales fueron creadas; las que no
cumplen con sus fines u objetivo social, o cuyo financiamiento no es conveniente desde el
punto de vista de la economía nacional o del interés público, considerando muy
especialmente aquéllas que enfrentan una difícil situación financiera y técnica y en
donde no es viable mantener su operación, a no ser que se les siga proporcionando apoyos
gubernamentales, ahora sujetos a una racionalización estricta en función a las
prioridades nacionales.
La fusión se efectúa cuando la relación existente entre sus actividades permite
unificar programas y objetivos, mejorar sus estructuras administrativas, simplificar sus
procesos de producción, optimizar el empleo de sus recursos financieros, técnicos y
humanos, y en general, incrementar su eficiencia y productividad.
La transferencia a los gobiernos de los estados tiene como propósito fundamental
contribuir al fortalecimiento de una política de descentralización, del federalismo, de
la autonomía del municipio y de la promoción del desarrollo regional donde las entidades
realizan sus actividades.
Finalmente, se someten a proceso de venta aquellas entidades en las que, por no tener
el carácter de estratégicas o prioritarias, la presencia estatal no se justifica.
La normatividad de las ventas surge de las leyes y reglamentos que en forma general o
específica rigen la formación, estructura, operación y desincorporación de una empresa
paraestatal, tales como la Ley General de Sociedades Mercantiles, la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal, la Ley Federal de Entidades Paraestatales, la Ley de
Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y la acta constitutiva de la entidad.
DESLIZAMIENTO CAMBIARIO
Cambio gradual y continuo en la paridad de una moneda con respecto a otras. El
deslizamiento cambiario implica una pérdida de valor de la moneda nacional y se utiliza
como un mecanismo de apoyo y estímulo a las exportaciones, al dar como resultado un
abaratamiento en los bienes y servicios que se ofrecen al exterior.
DESREGULACION
Estrategia para eliminar la excesiva normatividad o dar flexibilidad a procesos que
atañen a todos los sectores de la economía como normas, requerimientos de calidad,
reglas operativas de las comunicaciones y transportes, hasta eliminar monopolios cuyas
prácticas perjudican fundamentalmente a grupos de menores ingresos.
La desregulación es un requisito indispensable para que los impactos de la
liberalización comercial se puedan absorber con facilidad y se avance en la obtención de
la estabilidad de precios. La eliminación de regulaciones obsoletas abre nuevos mercados
y fomenta los flujos de inversión.
DEUDA
Cantidad de dinero o bienes que una persona, empresa o país debe a otra y que
constituyen obligaciones que se deben saldar en un plazo determinado. Por su origen la
deuda puede clasificarse en interna y externa; en tanto que por su destino puede ser
pública o privada.
DEUDA AMORTIZABLE O REEMBOLSABLE
Una deuda será amortizable ó redimible cuando a determinada fecha tenga que pagarse
totalmente el capital. En México existe una larga tradición de amortización de la deuda
por lo que se considera que todas las deudas son amortizables.
DEUDA A VALOR DE MERCADO
Valor cotizado de la deuda en el momento de la compra de títulos de créditos en
relación a otros instrumentos similares.
DEUDA A VALOR NOMINAL
Valor consignado en la carátula del bono de la deuda.
DEUDA EN SUSPENSO
Es una obligación vencida sujeta a renegociación (bonos de la deuda pública
agraria).
DEUDA EXTERNA BRUTA
Suma del total de pasivos financieros contractuales que el sector público tiene con
agentes económicos externos denominados en moneda extranjera. Considera las variaciones
cambiarias y los ajustes.
DEUDA EXTERNA NETA
Deuda externa bruta menos los activos financieros del Gobierno Federal en el exterior.
DEUDA INTERNA BRUTA
Total de créditos pendientes de pago, pagaderos dentro del país otorgados al sector
público no financiero, denominados en moneda nacional y extranjera proveniente del Banco
de México, Banca Comercial, de Desarrollo y a través de valores gubernamentales.
DEUDA INTERNA NETA
Es la deuda interna bruta menos las obligaciones totales del sistema bancario con el
Sector Público.
DEUDA NETA TOTAL DEL SECTOR PUBLICO CONSOLIDADA CON EL BANCO DE MEXICO
Saldo negativo derivado de la consolidación de operaciones del Sector Público con el
Banco de México; agrega las del banco central con el sector externo, el sector privado,
la banca comercial, los gobiernos estatales y municipales, los intermediarios financieros
del sector privado y los acreedores no sectorizados.
DEUDA PUBLICA
Suma de las obligaciones insolutas del sector público, derivadas de la celebración de
empréstitos, internos y externos, sobre el crédito de la Nación. Capítulo de gasto que
agrupa las asignaciones destinadas a cubrir obligaciones del Gobierno Federal por concepto
de su deuda pública interna y externa, derivada de la contratación de empréstitos
concertados a plazos, autorizados o ratificados por el H. Congreso de la Unión. Incluye
los adeudos de ejercicios fiscales anteriores por conceptos distintos de servicios
personales y por devolución de ingresos percibidos indebidamente.
Total de préstamos que recibe el Estado para satisfacer sus necesidades.
DEUDA PUBLICA A CORTO PLAZO
Obligaciones adquiridas por el Sector Público en un ejercicio fiscal, cuyo plazo de
vencimiento queda comprendido en el mismo periodo.
DEUDA PUBLICA A LARGO PLAZO
Obligaciones contraidas en un ejercicio fiscal, cuyo plazo de vencimiento se da en
ejercicios posteriores.
DEUDA PUBLICA CON GARANTIA
Obligación externa de un deudor privado cuyo reembolso se encuentra garantizado por
una entidad pública.
DEUDA PUBLICA EXTERNA
Comprende todas las obligaciones contraidas por el Gobierno Federal con acreditantes
extranjeros y pagaderas en el exterior tanto en moneda nacional como extranjera. Su pago
implica salida de fondos del país.
DEUDA PUBLICA FLOTANTE
Son los compromisos de pago por transacciones económicas ordinarias, que no se
alcanzaron a liquidar al cierre del ejercicio fiscal correspondiente y que se transfieren
al siguiente. Esta deuda se diferencia de la deuda común, en que no tiene como origen
ningún contrato de empréstito. También se llama Adeudos de Ejercicios Fiscales
Anteriores. (ADEFAS) o pasivo circulante presupuestario.
DEUDA PUBLICA INTERNA
Comprende todas las obligaciones contraidas por el Gobierno Federal con acreditantes
nacionales y pagaderas en el interior del país, tanto en moneda nacional como extranjera.
Su pago no debe implicar salida de fondos del país.
DEUDA PUBLICA SIN GARANTIA
Obligaciones externas del Sector Privado cuyo reembolso no se encuentra garantizado por
una entidad pública.
DEUDA PUBLICA TITULADA
Es un acto concreto de crédito, por medio del cual los organismos y empresas del
sector público obtienen recursos, quedando constituida la obligación por bonos, valores,
títulos u otra clase de documentos de crédito.
DEUDA REVOLVENTE
Créditos en los cuales al contratarse se acuerda entre deudor y acreedor que al llegar
al vencimiento de los mismos se redocumentarán por un plazo igual, mayor o menor a aquél
para el que fue contratado originalmente.
DEUDORES DIVERSOS
Cuenta colectiva cuyo saldo representa el monto total de créditos a cargo de varias
personas, los cuales no están clasificados como "clientes", "documentos
por cobrar" u otro concepto similar.
DEVALUACION
Reducción del valor de la moneda nacional en relación con las monedas extranjeras. El
efecto de la devaluación representa un abaratamiento de las exportaciones y un aumento de
los precios de las importaciones para el país devaluante en términos de su propia
moneda.
Medida de política económica consistente en disminuir el valor de una moneda respecto
a otra u otras monedas extranjeras, con la finalidad de equilibrar la balanza de pagos.
DEVENGADO
Es el reconocimiento y registro de un ingreso o un gasto en el periodo contable a que
se refiere, a pesar de que el desembolso o el cobro pueda ser hecho, todo o en parte, en
el periodo anterior o posterior.
DEVENGAR
Acción de adquirir un derecho y correlativamente una obligación por el cumplimiento
de la condición pactada. Ejem: cuando a un trabajador se le condiciona la obtención de
un salario a la producción de 5 artículos, una vez producidos éstos, el obrero ha
adquirido el derecho a su salario en virtud de que ha cumplido la condición establecida y
consecuentemente ha devengado su ingreso.
DEVOLUCION DE IMPUESTOS DE IMPORTACION
Instrumento utilizado por el Gobierno Federal como mecanismo mediante el cual se
devuelve a los exportadores los impuestos de importación que hubieren pagado por las
materias primas, partes componentes y demás insumos de origen extranjero incorporados a
los productos que elaboran y cuyo destino es el mercado externo. (Tipo Draw Back)
DEVOLUCION DE INGRESOS
Son las disminuciones a la ejecución de la Ley de Ingresos del año en curso o de
años anteriores, por concepto de ingresos percibidos indebidamente, y pueden ser de
índole real o virtual.
DEVOLUCIONES EN EFECTIVO
Monto de las entregas en numerario hechas a los contribuyentes y que significan
disminuciones a la Ley de Ingresos del ejercicio, por concepto de ingresos percibidos
indebidamente.
DEVOLUCIONES VIRTUALES
Disminuciones a la Ley de Ingresos por pagos en exceso, por las que se constituyen
pasivos por saldos a favor de contribuyentes, los cuales pueden ser compensados por éstos
en el pago de nuevas contribuciones.
DIAGNOSTICO ECONOMICO
Consiste en la descripción, evaluación y análisis de la situación actual y la
trayectoria histórica de la realidad económica, política y social de un país, o de
algún fenómeno o variable que se desea estudiar, por lo tanto, implica un conocimiento
cuantitativo y cualitativo de la realidad existente y una apreciación de las posibles
tendencias de los fenómenos, lo cual significa realizar proyecciones de las posibles
restricciones técnicas y políticas sobre las que se desarrolla la economía, a fin de
solucionarlas en el corto, mediano y largo plazos.
DIAGRAMA DE FLUJO
Esquema expresado por medio de símbolos y líneas que conectan entre sí. a) la
estructura y secuencia general de operaciones de una actividad o programa (diagrama de
flujo del programa); b) o al sistema de procesamiento (diagrama de flujo del sistema).
DIARIO
Llamado también "libro de primera anotación". El libro diario tiene por
objeto registrar en orden cronológico todas las operaciones de la empresa mediante
escrituras o partidas que se denominan asientos y en él se asentará por primera partida
el resultado del inventario con el que cuenta la entidad al tiempo de dar principio a sus
operaciones. De este libro se toman los datos necesarios para su traspaso al libro mayor.
DICTAMEN DE AUDITORIA
Documento que expide el contador público con su firma al terminar una auditoría de
balance y que contiene dos secciones: a) una breve explicación del alcance del trabajo
realizado; b) su opinión profesional acerca de los estados financieros examinados en
cuanto a si presentan de una manera razonable la situación financiera de la empresa,
conforme a principios de contabilidad generalmente aceptados, aplicados uniformemente con
relación al año anterior.
DIFERIR
Contablemente es la acción de posponer los efectos de un gasto o de un ingreso.
DIGITO IDENTIFICADOR
Elemento de la clave presupuestaria que permite conocer la naturaleza económica del
gasto público.
DIGITO VERIFICADOR
Elemento de la clave presupuestaria que permite comprobar la estructura de la misma
para garantizar que la afectación de ésta sea confiable. Este dígito es resultante de
una serie de operaciones aritméticas efectuadas con los demás elementos que integran la
clave presupuestaria y se utiliza como auxiliar en el procedimiento electrónico de datos.
DINERO
Es el equivalente de todos los bienes y servicios de una colectividad. Por su aspecto
externo puede ser moneda cuando es de metal, o billete cuando es de papel. Tiene cuatro
funciones: como instrumento de cambio, como medida de valor, como instrumento de
capitalización y de movilización de valor, y como instrumento de liberación de deudas y
obligaciones.
DIRECCION ADMINISTRATIVA
Función del proceso administrativo que consiste en guiar las acciones hacia el logro
de los objetivos.
DISCIPLINA PRESUPUESTARIA
Directriz política de gasto que obliga a las dependencias y entidades del Sector
Público Federal, a ejercer los recursos en los montos, estructuras y plazos previamente
fijados por la programación del presupuesto que se autoriza, con pleno apego a la
normatividad emitida a efecto de evitar desvíos, ampliaciones de gasto no programados,
dispendio de recursos o conductas ilícitas en el manejo de las erogaciones públicas.
DISPONIBILIDADES
Aquellas partidas del activo que representan bienes que pueden destinarse de modo
inmediato para hacer frente a las obligaciones pecuniarias de una empresa. Por ejemplo:
efectivo en caja y bancos, documentos de cobro inmediato, inversiones en valores de pronta
realización, etc.
DISPONIBLE (PRESUPUESTO)
Es el saldo o remanente resultante de restar a una asignación presupuestaria
autorizada, las cantidades ejercidas y los compromisos legalmente contraidos con cargo a
la misma.
DISPOSICION
Recursos que utiliza o recibe el prestatario al girar contra una parte o la totalidad
del monto del crédito contratado, después de haber cumplido con ciertos requisitos
estipulados en el contrato.
DISPOSICION DE UN CREDITO
Corresponde al hecho de hacer efectivo un empréstito.
DISTORSION ECONOMICA
Deformación causada por la incorrecta asignación y/o distribución de recursos, que
se refleja en un desajuste en los precios líderes de la economía, obstaculizando con
ello el desenvolvimiento correcto de las actividades económicas tanto en la producción
como el la acumulación, financiamiento y transacciones con el resto del mundo
DISTRIBUCION DEL INGRESO
Es un indicador económico global que muestra la relación entre la población y el
ingreso nacional en un periodo determinado.
Muestra la forma en que se distribuye el ingreso nacional entre los diferentes factores
de la producción (tierra, trabajo, capital y organización). De esta manera, a la tierra
le corresponde la renta; al trabajo, el sueldo y el salario; al capital, la ganancia y el
interés; y a la organización el beneficio.
El conjunto de sueldos, salarios, ganancias, intereses y rentas forman el ingreso
nacional, que se distribuye entre todos aquéllos que contribuyen a crearlos.
DIVIDENDO
Cuotas que al distribuir las ganancias de una compañía por acciones, corresponde a
cada acción.
DIVIDENDO DECRETADO
Participación que corresponde a una acción formalmente autorizada por el consejo de
administración de una sociedad, pagadero a partir de una fecha especificada.
DIVIDENDO EN ACCIONES
Importe que se cubre con acciones adicionales y no en efectivo.
DIVIDENDOS DEVENGADOS
Utilidades acumulativas por la posesión de acciones vencidas, aún no pagadas.
DIVIDENDOS DIFERIDOS
Se llama así a las utilidades decretadas por acciones que no son pagaderas desde
luego, sino en una fecha posterior o cuando ocurran determinadas circunstancias.
DIVIDENDOS EXTRAORDINARIOS
Frecuentemente, las compañías acostumbran decretar anualmente un porcentaje fijo de
las ganancias como dividendo para las acciones comunes. Tal porcentaje puede ser variado
de acuerdo con los estatutos sociales. Se llaman "dividendos extraordinarios" a
los decretados además de los dividendos regulares.
DIVIDENDOS ORDINARIOS
Los que se pagan en efectivo con cargo a utilidades obtenidas, distribuidos a prorrata
entre todos los accionistas de una misma clase y como resultado de la decisión de una
asamblea ordinaria de accionistas.
DIVIDENDOS PREFERENTES
Los que corresponden a las acciones preferentes; deben asignarse con antelación a la
distribución final de utilidades entre las acciones ordinarias.
DIVISA
Cualquier moneda o efecto mercantil (cheques, giros, letras de cambio, órdenes de pago
y derechos especiales de giro) aceptado internacionalmente como medio de pago.
DIVISION DEL TRABAJO
Forma de producción en la cual las diversas fases de un proceso productivo se separan
en tareas específicas, lo que permite el desarrollo de la especialización del trabajo y
con ello el aumento de la producción y la productividad.
DOCUMENTACION DEL CREDITO
Es el mecanismo legal mediante el cual se documenta una operación de crédito,
pudiendo ser: a través de bonos, pagarés, contratos, etc.
DOCUMENTO CONTABILIZADOR
Puede concebirse así tanto al documento fuente debidamente registrado, como a la
póliza que contiene el asiento contable; de cualquier forma es el documento conductor a
la información para efectos de registro. Resulta conveniente que los documentos cumplan
con la función mixta de ser fuente y contabilizadores a la vez.
DOCUMENTO FUENTE
Es el justificante propio o ajeno que da origen a un asiento contable. Contiene, en el
mejor de los casos, la información necesaria para el registro contable de una operación,
y frecuentemente tiene la función de comprobar razonablemente la realidad de dicha
operación. La característica de este documento es que asienta un hecho, y éste es el
que registra la contabilidad, ejemplo: una factura ajena implica una compra, una factura
propia implica una venta, etc.
DOCUMENTO MULTIPLE
Instrumento a través del cual las entidades pueden efectuar las regularizaciones
presupuestarias que requieren en el desarrollo del ejercicio de su presupuesto. Por medio
de este documento pueden llevarse a cabo las siguientes operaciones: autorización de
cargo, aviso de cargo, y aviso de reintegro.
DOCUMENTO POR COBRAR
Bajo este título se agrupan los pagarés, letras de cambio y demás documentos
similares pagaderos a plazo y a favor de la empresa tenedora de ellos. En el balance
general, este rubro debe contener únicamente los documentos libres de gravamen y que no
hayan vencido todavía. Si hubiere documentos vencidos deben mostrarse separadamente o
bien debe hacerse un comentario adecuado en el informe. También debe mostrarse
separadamente el monto de los documentos a cargo de clientes y el importe de los que sean
a cargo de otras personas que no tengan ese carácter.
DOCUMENTO POR COBRAR DESCONTADO
Son los documentos pendientes de pago que han sido traspasados o vendidos, por medio de
endoso, y por el importe de los cuales, el endosante tiene a su cargo la obligación
contingente.
DOCUMENTO POR PAGAR
Aquéllos en que consta la promesa de pagar incondicionalmente a una fecha determinada,
cierta cantidad de dinero. No se incluyen bajo esta denominación las hipotecas, las
cédulas hipotecarias y los bonos u obligaciones en circulación.
Término aplicado a un pagaré, con referencia a su librador. El nombre de una cuenta
del mayor o de una partida del balance general, que muestra separadamente o en una sola
cantidad, el pasivo con bancos, en proveedores y con otros acreedores, representado por
pagarés u otros compromisos a plazos determinados.
DOCUMENTOS DESCONTADOS
Representa el importe de los títulos de créditos propiedad de la entidad, que son
descontados en una institución financiera, para que ésta anticipe su importe y efectúe
el cobro al vencimiento o devuelva en su caso los documentos.
DOCUMENTOS PARA LA ADMINISTRACION DEL EJERCICIO PRESUPUESTARIO
Instrumentos que sirven para la realización de las operaciones propias del ejercicio
del presupuesto de egresos. Cada uno de ellos se elabora con base en los procedimientos
específicos consignados en los manuales de normas y procedimientos para el ejercicio del
gasto en la Administración Pública Central. Los documentos presupuestarios utilizados
son los siguientes: cuentas por liquidar certificadas, avisos de reintegro, documento
múltiple, oficios de rectificación, oficios de afectación presupuestaria, oficios de
autorización de inversión, reporte de pasivo circulante, calendario de gastos etc.
DONACION
Contrato mediante el cual una persona transfiere a otra, gratuitamente, una parte o la
totalidad de sus bienes presentes.
Transferencias de bienes de un individuo a otro sin remuneración alguna.
Es el traslado de recursos que se conceden a instituciones sin fines de lucro,
organismos descentralizados y fideicomisos que proporcionan servicios sociales y comunales
para estimular actividades educativas, hospitalarias, científicas y culturales de
interés general.
DONATIVOS, OBSEQUIOS O BENEFICIOS PROHIBIDOS
Aquellos bienes, prestaciones, servicios, descuentos, prebendas o similares que el
servidor público acepta o solicita durante el desempeño de su empleo, cargo, comisión o
con motivo de éste, prohibidos por la ley. La ley extiende esta prohibición al cónyuge
del servidor, sus familiares y socios.
DUMPING
Venta de mercancías al exterior a un precio menor al que se vende en el mercado
interno del país exportador. El dumping se realiza con el objeto de obtener ventajas
competitivas en el exterior; se da ocasionalmente cuando un país quiere aumentar sus
ventas al extranjero y en forma aguda y persistente como política económica exterior.
Generalmente se penaliza por los países afectados cuando se detecta.