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LARGO PLAZO

Periodo convencional de más de cinco años, utilizado generalmente en la planeación para definir el lapso en el que se alcanzarán los objetivos nacionales de desarrollo.

LETRA DE CAMBIO

Orden incondicional por escrito, de una persona (girador) a otra (girado), firmada por la persona que la otorga, requiriendo de la persona (beneficiario) a quien va dirigido el pago a la vista o a un plazo fijo o futuro determinado, de cierta suma de dinero, a la orden o al portador. Sinónimo de giro o aceptación, cuando se refiere a una transacción interna.

LEY

Norma jurídica de carácter obligatorio y general dictada por el poder legítimo para regular conductas o establecer órganos necesarios para cumplir con determinados fines, su inobservancia conlleva a una sanción por la fuerza pública.

LEY DE ADQUISICIONES Y OBRAS PUBLICAS

Norma jurídica de orden público e interés social, que regula las acciones relativas a la planeación, programación, presupuestación, ejercicio del gasto, conservación, mantenimiento y control de las adquisiciones, arrendamientos de bienes muebles, prestaciones de servicios, así como obra pública y servicios relacionados con la misma, contratados por el Sector Público Federal.

LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACION

Norma que establece anualmente los ingresos del Gobierno Federal que deberán recaudarse por concepto de impuestos, derechos, productos, aprovechamientos, emisión de bonos, préstamos, etc. (Los estados de la República Mexicana también establecen anualmente sus ingresos a través de las leyes de ingresos locales).

LEY DE INGRESOS (PROYECTO DE)

Es la estimación de ingresos que elabora el Poder Ejecutivo con la finalidad de cubrir los gastos enunciados en el Presupuesto de Egresos de la Federación y se presenta a la H. Cámara de Diputados para aprobación o modificación en su caso.

LEY DE INGRESOS REAL

Es el total de percepciones que recibe el estado en un ejercicio fiscal con referencia a la Ley de Ingresos, independientemente de que algunos recursos sean captados en una fecha posterior al año fiscal.

LEY DE PLANEACION

Conjunto de normas de orden público e interés social, que tiene por objeto establecer los principios básicos conforme a los cuales se llevará a cabo la planeación nacional de desarrollo, y encauzar en función de ésta, las actividades de la Administración Pública Federal. Esta Ley contiene las bases de integración y funcionamiento del sistema nacional de planeación, necesarios para que el Ejecutivo Federal coordine sus actividades de planeación con las entidades federativas, y de esta manera se promueva y garantice la participación democrática de los diversos grupos sociales en la elaboración del plan y los programas; logrando que las acciones de los particulares contribuyan a alcanzar los objetivos y prioridades señaladas en ellos.

LEY DE PRESUPUESTO, CONTABILIDAD Y GASTO PUBLICO FEDERAL

Ordenamiento jurídico que regula el proceso relacionado con el gasto público federal; establece los procedimientos generales para la programación del gasto; formulación del presupuesto y los lineamientos para el registro de cantidades y el control del gasto federal; señala obligaciones, atribuciones y responsabilidades de su aplicación.

LEY DEL SERVICIO DE TESORERIA DE LA FEDERACION

Conjunto de normas jurídicas que tiene por objeto normar las funciones de reducciones ministración de fondos, custodia de valores y compensación de adeudos conforme a la ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación.

LEY FEDERAL DE LAS ENTIDADES PARAESTATALES

Conjunto de normas jurídicas que tiene por objeto regular la organización, funcionamiento y control de las entidades paraestatales de la Administración Pública Federal.

LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PUBLICOS (LFRSP)

Instrumento jurídico sustentado en el título cuarto constitucional, que determina las obligaciones de los servidores públicos frente a la sociedad y el Estado, salvaguarda los principios rectores del servicio público, señala las sanciones aplicables por actos u omisiones y determina los procedimientos correspondientes.

LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES

Ordenamiento legal que rige lo relativo a los bienes de dominio público y privado de la federación que componen el patrimonio nacional.

LEY GENERAL DE DEUDA PUBLICA

Conjunto de disposiciones jurídicas que norman la programación, negociación, contratación, autorización, manejo, registro y vigilancia de la deuda pública financiera interna y externa a cargo de las entidades de la Administración Pública Federal (dependencias del ejecutivo, organismos, empresas, instituciones y fideicomisos públicos). Enuncia las facultades de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en esta materia y contiene disposiciones para la programación de la deuda, la contratación de financiamiento tanto a cargo del Gobierno Federal como de las entidades paraestatales, y la vigilancia y registro de las obligaciones financieras, lo cual incide en la programación y control del endeudamiento en su aspecto financiero.

LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL

Conjunto de normas jurídicas que establecen la forma de organización y áreas de competencia de la Administración Pública Federal que comprende al sector central y paraestatal, a través de las cuales el Estado ejerce sus atribuciones.

LEY ORGANICA DE LA CONTADURIA MAYOR DE HACIENDA

Instrumento jurídico que establece las bases de organización y atribuciones a cargo de la Contaduría Mayor de Hacienda, como órgano técnico de la H. Cámara de Diputados, para la revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal.

LEY ORGANICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Conjunto de normas jurídicas que establecen las bases de organización y operación del Poder Legislativo, a través de 120 artículos que se integran en 4 títulos. El primero se refiere al Congreso General, el segundo a la Cámara de Diputados, el tercero a la de Senadores y el último a la Comisión Permanente.

LEY REGLAMENTARIA

Aquélla que amplía, esclarece o detalla algún artículo o alguna ley que, por su contenido, requiere de una mayor explicación jurídica.

LIBERACION DE LA DEUDA

Acto por medio del cual se extinguen las obligaciones públicas. Esta extinción se puede llevar a cabo mediante amortización, condonación, asunción, conversión de deuda por capital, etc.

LIBRADO

Institución de crédito contra la cual se expide el cheque; en México, sólo pueden ser librados las instituciones de crédito.

LIBRADOR DE CHEQUE

Persona que expide un cheque o quien ordena el pago a la institución de crédito.

LIBRO AUXILIAR

Documento en que se asientan detalladamente las operaciones que contienen los libros principales.

LIBRO DE ACTAS

Documento en el cual se asienta para su constancia, en el caso de las sociedades anónimas, las deliberaciones y resoluciones de las asambleas generales de accionistas.

LIBRO DIARIO

Registro cronológico de las operaciones contables que muestra los nombres de las cuentas, los cargos y abonos que en ellas se realizan, así como cualquier información complementaria que se considere útil para apoyar la correcta aplicación contable de las operaciones realizadas.

LIBRO MAYOR

El libro más importante en cualquier contabilidad, en el que se registran cuentas individuales o colectivas de los bienes materiales, derechos y créditos que integran el activo; las deudas y obligaciones que forman el pasivo; el capital y superávit de los gastos y productos; las ganancias y pérdidas y en general todas las operaciones de una empresa. En dicho libro se registran todas las transacciones anotadas en el diario principal o en los diarios especiales cuando los haya, ya sea particularmente o bien en totales.

LIBROS DE CONTABILIDAD

Son aquéllos en los que se efectúan los registros o asientos contables por las distintas operaciones realizadas por las empresas o entes económicos. Los libros pueden ser principales y auxiliares; los principales se clasifican en: Diario, Mayor y de Inventarios y Balances.

LIBROS PRINCIPALES

En los países en que se haya reglamentada la contabilidad de los causantes se da el nombre de "libros principales", a aquéllos que la ley les obliga a llevar, como son: los libros Diario y Mayor y el de Inventarios y Balances.

LINEA DE CREDITO

Límite hasta el cual una institución de crédito concede a sus clientes cualquiera de los siguientes tipos de crédito: a) descuentos, b) préstamos directos, c) préstamos prendarios, d) préstamos refaccionarios, e) préstamos de habilitación o avío, etc.

LINEA GENERAL DE ACCION

Directriz global que expresa la orientación política, económica y social de las actividades a desarrollar, a través de la cual se pretende llegar a los objetivos y estrategias establecidos en un plan o programa. Indica el nivel de participación de los sectores público, privado y social.

LINEA PRIORITARIA DE ACCION

Directriz o criterio de orientación que reviste la mayor importancia relativa, al señalar las acciones esenciales a efectuar por las dependencias y entidades del Sector Público Federal en el contexto socioeconómico. En la vertiente obligatoria la línea prioritaria de acción direcciona las acciones fundamentales de los programas, subprogramas, proyectos, obras y actividades presupuestarias.

LINEAMIENTOS DE GASTO PUBLICO (LINEAMIENTOS PRESUPUESTARIOS)

Directrices específicas que en materia de gasto público comunica la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a las entidades de la Administración Pública Federal, para que los trabajos orientados a la formulación ejercicio y control del Presupuesto de Egresos de la Federación se ajusten a la política económica definida por el titular del ejecutivo federal en congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo, los Programas de Mediano Plazo y el Programa Operativo Anual.

LINEAMIENTOS DEL SECTOR PUBLICO

Directrices que establecen los límites dentro de los cuales han de realizarse ciertas actividades del sector público, así como las características generales que éstas deberán tener.

LINEAMIENTOS PROGRAMATICOS

Directrices expedidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a las entidades de la Administración Pública Federal, sobre los aspectos específicos inherentes a la asignación del gasto con un enfoque programático.

LINEAS INTERBANCARIAS

Son depósitos a corto plazo (entre una semana y seis meses) efectuados por bancos comerciales internacionales en los bancos mexicanos que cuenten con agencias en el extranjero.

LIQUIDACION

Documento en el que se consignan los datos generales o características de una operación dada, con la indicación de la partida presupuestaria que se afecta para realizar algún pago derivado de una obligación a cargo del Gobierno Federal, o para efectuar algún movimiento de tipo presupuestario y que sirve de sustentación para el documento presupuestario, que debe expedirse según la naturaleza de la operación.

Es un periodo, contado a partir de la fecha en que se dan por concluidas las operaciones de una empresa por diversas razones y durante el cual se nombra a una persona llamada liquidador, la cual tiene a su cargo la venta del activo de la empresa, el pago de sus obligaciones y del remanente si lo hay, y el reembolso a los accionistas del monto de sus aportaciones.

LIQUIDACION DE IMPUESTOS

Erogación destinada a sufragar los impuestos adeudados correspondientes a un periodo tributario; dicha liquidación es preparada por el contribuyente o por la autoridad que recauda los impuestos.

LIQUIDACION DE PASIVO DOCUMENTADO

Erogaciones de capital que durante el ejercicio presupuestario se realizan por financiamientos contraidos a corto, mediano y largo plazos y que pueden ser externos o internos.

LIQUIDACION DE PASIVO EXTERNO

Erogaciones que liquidan el pasivo a cargo de la entidad y se documentan en moneda extranjera, considerando únicamente el principal. Esta liquidación proviene de los créditos que previamente fueron captados en el rubro de financiamiento externo y significa salida de fondos del país.

LIQUIDACION DE PASIVO INTERNO

Erogaciones que liquidan el pasivo a cargo de la entidad y se documentan en moneda nacional, considerando únicamente el principal. Esta liquidación proviene de los créditos que previamente fueron captados en el rubro de financiamiento interno y no significa salida de fondos del país.

LIQUIDEZ

Disposición inmediata de fondos financieros y monetarios para hacer frente a todo tipo de compromisos. En los títulos de crédito, valores o documentos bancarios, la liquidez significa la propiedad de ser fácilmente convertibles en efectivo.