PRINCIPALES LEYES, DECRETOS Y REGLAMENTOS EN MATERIA DE POLÍTICA FISCAL, DE CRÉDITO PÚBLICO, DE ORDEN ADMINISTRATIVO Y EN EL CAMPO DE LAS MONEDAS Y LOS BANCOS
Mar./1832 |
De acuerdo con las recomendaciones que hiciera Rafael Mangino durante su periodo como ministro de Hacienda, el Congreso autorizó al Ejecutivo a que solicitara a diversos prestamistas dinero por adelantado, comprometiendo contribuciones futuras. |
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7/Ene./1833 |
Se suspende el pago de todas las órdenes giradas por el gobierno de Bustamante. |
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12/Feb./1833 |
El gobierno reconoce los cinco primeros millones de los contratos sobre anticipaciones de derechos celebrados por la administración de Bustamante, conviniendo que se pagasen con el 40 % de los derechos marítimos. |
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May.–Nov. /1833 |
Diversos contratos por concepto de anticipaciones de derechos. Es decir, se pedía dinero prestado y los prestamistas daban, por ejemplo, el 12 % en efectivo y el resto en créditos anteriores a la independencia. |
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12/Jun./1833 |
Las órdenes giradas por el gobierno de Bustamante se aceptarán en las aduanas al 20 % como pago de derechos y el resto se liquidará en efectivo. |
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11/Sep./1846 |
Decreto. Exención de derechos de toneladas a los buques mercantes que forzando el bloqueo entren a cualquiera de los puertos habilitados de la República. |
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17/Sep./1846 |
Decreto. Sobre clasificación de rentas. |