La Constitución y otros ordenamientos establecen la obligación del Ejecutivo Federal de informar al Poder Legislativo, de manera sistemática, respecto del avance y los resultados de los programas y proyectos de las dependencias y entidades de la APF en el cumplimiento de los objetivos y metas y su impacto social.
Dicha información se pondrá a disposición, de manera oportuna, asequible y transparente, a los diversos integrantes y usuarios del H. Congreso de la Unión.
Para ello, se conformarán dos ámbitos de información para resultados: una general, que contendrá la totalidad de indicadores registrados en el SISED; y otra, que integrará un grupo de indicadores seleccionados por las dependencias y entidades, por su carácter estratégico y representativo de la misión institucional y por ser congruentes con los objetivos y metas de la planeación nacional.
Los primeros, alimentarán el SED con la información relativa a los avances de la ejecución de los programas y recursos durante el ejercicio, constituirán la línea base para el seguimiento y la evaluación en el SED, y formarán parte de las reglas de operación de los programas sujetos a ellas. Su comportamiento será reportado en los resultados de las evaluaciones realizadas a los programas presupuestarios y las políticas públicas.
Los segundos, formarán parte sustantiva de los informes trimestrales de avance de cumplimiento de objetivos y metas de los programas presupuestarios y del informe de avance físico-financiero de todos los programas del PEF; y al cierre del ejercicio, de los informes de Ejecución del PND y de Gobierno, así como de la Cuenta Pública.